La afiliación al Colegio Médico de Chile (A.G.) trae aparejada deberes y derechos para los asociados.:
Deberes:
Los deberes de los asociados se pueden resumir en el acatamiento de los reglamentos internos del Colegio Médico de Chile (A.G.), con especial énfasis en lo referido a los Estatutos Sociales y el Código de Ética, así como de los Acuerdos que adopten los Órganos Directivos, tales como los Consejos Regionales, el Consejo General y la Mesa Directiva Nacional.
Derechos
Para pertenecer al Colegio Médico de Chile A.G. es necesario poseer el título profesional de médico-cirujano, otorgado por las universidades reconocidas por el Estado, conforme a la legislación vigente y ser aceptado por el Colegio.
Podrán también solicitar su inscripción las personas naturales que habiendo recibido el título de médico-cirujano en un país extranjero estén habilitados para ejercer la profesión en Chile conforme a los Tratados, Convenciones o Protocolos suscritos por el Gobierno de Chile.
El ingreso al Colegio deberá ser solicitado por escrito a un Consejo Regional mediante una presentación firmada por el interesado. El original de la solicitud y el certificado de título profesional serán remitidos a la Mesa Directiva Nacional, informados por el Consejo Regional respectivo, dentro de los diez días siguientes a su recepción.
El Colegio podrá rechazar la solicitud de ingreso del médico en los casos en que el postulante no haya dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los estatutos y en la reglamentación interna o cuando, a su juicio exclusivo, éste no reúna las condiciones de idoneidad ética o profesional para pertenecer a la Entidad.
La solicitud de afiliación y la inscripción deberán contener las formalidades y requisitos que establezca la Mesa Directiva Nacional. En todo caso, el solicitante dejará constancia que se obliga a cumplir en todas sus partes los presentes Estatutos y el Código de Ética, y a acatar los acuerdos que se tomen por la Asamblea General, el Consejo General, los Consejos Regionales y la Mesa Directiva Nacional.
Médicos jóvenes
Existe un régimen especial para los médicos jóvenes, el que considera el pago de la mitad de la parte ordinaria de la cuota social, y en algunos Consejos Regionales la mitad de la cuota extra regional.
Del mismo modo, se contempla un régimen especial para los médicos becarios y aquellos que trabajan en la Atención Primaria Municipalizada. Este consiste en el pago del 50% de todas las cuotas del Colegio Médico. Adicionalmente, podrán optar a no cotizar la cuota del Departamento de Solidaridad Gremial, es decir, su afiliación es voluntaria mientras dure la beca.
Para optar a esta condición especial es necesario contar con los siguientes antecedentes:
Los certificados presentados tienen validez por un período de un año, y pueden ser renovados tres veces.
Para colegiarse los médicos deben presentar la siguiente documentación:
Médicos titulados en Chile
Médicos titulados en el extranjero
Dr. Luis Ignacio de la Torre Chamy
Dr. Kurt Cárcamo Clunes
Dra. Dora Silva Martínez
Dr. Saúl Zúñiga Borcoski
Dr. Maximiliano Soto Díaz
Dra. María Loreto Vent Castillo
Dr. Guilletmo Witto Arentsen
Dr. Hugo Reyes Farías
Dr. Paulo Gnecco Tapia