Dr. Ignacio de la Torre Chamy: “La ley que regula nuestras funciones debe ser respetada”

mayo 6, 2018

Frente a la objeción de conciencia del aborto en tres causales, el dirigente gremial aclara la postura del Colegio Médico y afirma que la red de salud debe generar mecanismos para que las pacientes puedan recibir un tratamiento y consejo oportuno.

 

En septiembre del año pasado entró en vigencia la ley 21.030 que despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en 3 causales bien acotadas: riesgo materno, inviabilidad fetal y violación. En estos primeros seis meses de funcionamiento ha sido invocada en 123 ocasiones, concretándose 111 intervenciones a nivel nacional, correspondiendo la mayoría de las veces a la causal de riesgo materno con 50 casos, 35 por inviabilidad fetal y 26 por violación.

Por diversos factores, la aplicación de la normativa no se ha extendido en todo el país con la misma rapidez. Entre los recintos en que se ha materializado se encuentran los hospitales de Arica, Iquique, Coquimbo, Curicó, recintos del Servicio de Salud de Reloncaví y del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, y también el Hospital Carlos van Buren de Valparaíso.

Para el doctor Ignacio de la Torre, ginecólogo del hospital porteño y secretario del Colegio Médico Valparaíso, entre las razones por las cuales ha costado extender la aplicación de la normativa es que en muchos recintos aún falta capacitar a los equipos de salud, y también debido a la posibilidad que establece la ley de ser objetor de conciencia, lo que puede ocurrir para las tres causales o para alguna de ellas en particular. Actualmente, la causal más objetada es la tercera (por violación).

Según señala el dirigente, respecto de la objeción de conciencia no existe una postura única del gremio médico, “dado que el Colegio agrupa profesionales con distintos puntos de vista en su formación clínica, ética y moral. Sin embargo, se entiende que la ley que regula nuestras funciones debe ser respetada”.

 

¿Cuál es la postura del Colegio Médico ante los profesionales objetores de alguna causal?

La ley considera la libertad de los funcionarios de salud para definirse como objetores de conciencia e incluso establece un protocolo claro para registrarlo en los centros de salud donde trabajan. Este es un trámite administrativo mediante un formulario que debe ser presentado al director de cada establecimiento para que éste pueda generar las acciones destinadas a garantizar la calidad y seguridad de atención en la red de salud. Ser objetor no es considerado una falta ética ni administrativa, salvo en una situación muy específica: aquellos casos de urgencia vital donde por enfermedad materna grave debe interrumpirse el embarazo de forma inmediata. En esos casos, los objetores de conciencia deben prestar el auxilio requerido en el momento oportuno y no pueden negarse a cumplir con su labor médica. No existiendo una situación urgente de riesgo vital los objetores de conciencia están en su derecho de restarse de atender a la paciente.

 

¿Cree que la objeción de conciencia estigmatiza a los doctores que realizan abortos?

No lo creo así. Algunos colegas son objetores en las 3 causales, otros en cambio objetan sólo una de ellas. Por ejemplo, en el Hospital Van Buren menos del 5% de los ginecólogos resultó ser objetor de conciencia en la primera causal, un 10% frente a la segunda y un 40% frente a la tercera, y ya hemos tenido cuatro casos, de los cuales tres han sido por inviabilidad fetal y uno por violación. Se han ido derribando mitos y acercado posturas, prevaleciendo el respeto a la decisión que como equipo médico debe estar disponible para entregar a las mujeres que así lo requieren una atención digna y de calidad que cumpla con la ley.

 

¿Cuál es su opinión en relación al caso de la paciente que denuncia no haber sido tratada oportunamente respecto a la ley IVE en el Hospital de Quilpué?

Entiendo que este caso está siendo investigado por las autoridades del establecimiento para dilucidar si existió una falla en la atención de salud. Al respecto, debemos insistir en que los colegas que son objetores deben oficializarlo mediante un formulario que debe ser entregado al director del hospital. De esta forma cada jefatura puede tomar las providencias necesarias para asegurar la calidad y oportunidad en la atención de las mujeres que invocan la ley IVE. De acuerdo a lo difundido en los medios de prensa, en el caso denunciado la paciente solicitó invocar la segunda causal, aunque a mi juicio correspondía invocar la primera, y algunos médicos no habrían aceptado realizar los tratamientos pertinentes por ser objetores. Esto no habría sido un problema si en dicho centro asistencial otros médicos no objetores hubieran completado los tratamientos indicados. Esa es una estrategia sobre la cual deben trabajar los jefes de los Servicios de Maternidad en conjunto con los directores de los hospitales y los gestores de la red asistencial, de modo de generar flujos de atención expeditos para evitar situaciones como la descrita.

 

¿Cómo es el proceso desde que la mujer decide invocar alguna de las causales de la ley?

Dado que en la actualidad esta ley permite interrumpir el embarazo de forma voluntaria en tres causales, lo primero que debe suceder es que una mujer embarazada invoque la causal de la Ley IVE. El médico que la evalúa debe informar a su jefatura e iniciar el protocolo de acuerdo a la causal señalada. La red asistencial debe asegurar la existencia de centros donde estos tratamientos puedan ser efectuados en las distintas regiones, por lo cual si una paciente consulta en una comuna donde no está habilitada la atención IVE debe ser trasladada a otro centro de salud. En estos recintos, un equipo constituido por psicólogas, trabajadora social y médicos acompañará a la paciente en dicho proceso. En los casos en que se invoque la primera y segunda causal, un equipo médico debe ratificar el riesgo materno asociado al embarazo o la inviabilidad fetal y en ese caso puede continuar con la IVE. En la tercera causal (violación), el equipo IVE se reúne para conversar con la paciente y evaluar los datos aportados para confirmar que concurre esa tercera causal y luego seguir adelante con los protocolos. Esta causal es la única que tiene un plazo para ser solicitada, que son 12 semanas de gestación en mayores de 14 años y hasta las 14 semanas en las menores de 14 años.

 

¿Qué métodos o procedimientos se emplean en la aplicación de la Ley IVE?

Depende de la edad gestacional, al momento de la interrupción del embarazo. En el primer trimestre (antes de las 14 semanas) mayoritariamente se utiliza el medicamento Misoprostol, que puede ir acompañado o no de otro que se llama Mifepristona. Ambos tienen una efectividad para inducir un aborto completo cercano al 90%. En embarazos de mayor edad gestacional se puede utilizar Oxitocina o Misoprostol. En aquellos casos en que el aborto resulta incompleto se deben realizar procedimientos para remover los tejidos residuales, siendo el más utilizado en la actualidad el legrado uterino o la técnica de aspiración manual endouterina en los centros donde se ha realizado la capacitación e implementación de esta técnica.

 

¿Qué tipo de capacitaciones o especializaciones se requieren para realizar un aborto?

El aborto es una patología que se puede presentar de forma espontánea hasta en un 15% de los embarazos, por lo que en la formación en ginecología y obstetricia se considera el marco teórico necesario y las competencias para poder realizar diferentes tipos de tratamientos para abortos incompletos. Sin embargo, en los últimos años se han incorporado algunos métodos menos invasivos para realizar estos procedimientos, uno de los cuales es la técnica de aspiración manual endouterina (AMEU), que se ha incorporado a las prestaciones realizadas en varios hospitales del país con la correspondiente capacitación para el equipo de salud.

 

¿Qué opina acerca del instructivo de aborto seguro que distribuyó la Fech?

La OMS ha generado recomendaciones para el aborto seguro, que se puede resumir en todos los esfuerzos necesarios para evitar que una mujer muera o se enferme gravemente por realizarse un aborto. Para esto han socializado recomendaciones donde lo principal es propiciar el uso de medicamentos como el Misoporostol y la Mefipristona bajo supervisión del equipo de salud y educar a la población para consultar en caso de complicaciones (sangrado abundante, dolor o fiebre). Existen diversas iniciativas educativas para acercar ese conocimiento a las mujeres en edad fértil y creo que debemos potenciarlos a través del Minsal, el Mineduc y el Injuv. Ofrecer canales de información veraz es una manera de democratizar el conocimiento y de fomentar el autocuidado. El instructivo de la Fech fue un esfuerzo en educar, pero tal vez minimiza los riesgos potenciales del uso de medicamentos abortivos, lo que puede generar un retraso en la atención médica y eventualmente complicaciones no tratadas a tiempo. Creo que hay que aprovechar esos canales que convocan a miles de jóvenes para entregar información, pero respaldada por instancias oficiales de salud como el Minsal.

 

Considerando que aun con esta ley seguiremos teniendo abortos clandestinos (por casos que están fuera de las tres causales), que ponen en riesgo la vida de las mujeres, ¿considera que la normativa debiera ampliarse hacia el aborto libre?

La ley actual despenaliza el aborto en tres causales específicas y eso representa un avance respecto a la legislación anterior que corresponde a un Código Sanitario con cerca de 100 años de antigüedad, sin embargo no se trata de una ley de aborto libre como en algún momento se intentó plantear. Eso no ha estado en la discusión y creo que el país requiere que estas materias sean revisadas, con respeto a las posturas disidentes, pero aceptando que la legislación en un Estado laico no debiera estar sujeta a dogmas o doctrinas religiosas. No hay que atrincherarse en posturas personales, sino abrirse a discutir, aceptando la diversidad de ideas que enriquece nuestro país. Las autoridades religiosas están en su derecho de generar normativas y códigos de conductas de sus feligreses o seguidores, pero las leyes deben representar el sentir del país y creo que eso está pendiente. Los abortos ocurren mayoritariamente ante la falta de políticas públicas de planificación familiar, anticoncepción y educación sexual. Esa es la tarea que debemos afrontar, avanzar con medidas que disminuyan el embarazo no planificado y las infecciones de transmisión sexual (que han aumentado de forma preocupante en los últimos años). No tener políticas públicas en estas materias compromete la salud de las mujeres de Chile.

 

Fuente: El Mercurio de Valparaíso

 

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