FONDO DE SOLIDARIDAD GREMIAL

El Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar es un organismo de colaboración del H. Consejo General, en cumplimiento de los objetivos del Colegio Médico.

De este departamento depende un Fondo que, tal como su nombre lo indica, actúa como un sistema solidario, para lo cual se otorgan diversos beneficios, que sirven para paliar en parte las diversas necesidades de nuestros asociados.

No contentos con lo que estamos otorgando, seguimos estudiando nuevos beneficios, que esperamos implementar en un corto plazo.

Para acceder a los beneficios que otorga el Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar del Colegio Médico de Chile (A.G.) a los médicos asociados y con la idea de evitar errores u omisiones, ponemos en su conocimiento los montos y requisitos exigidos para tal propósito, indicados a continuación.

Solicitar beneficios online

¡IMPORTANTE!

1. Para recibir cualquier beneficio del Fondo de Solidaridad Gremial debe estar al día en las cuotas del Fondo de Solidaridad Gremial y Colegio Médico de Chile;

2. Para la obtención de cualquier beneficio del Fondo de Solidaridad Gremial, debe haber cotizado regularmente, a lo menos, los últimos 12 meses, salvo la cuota mortuoria que se cancelará a los 30 días de afiliación, si se ha inscrito durante el primer año de recibido;

3. Los inscritos después de un año de recibido y aquellos que tengan un periodo impago pueden:
– Cancelar periodo impago
– Acogerse al régimen de los 45 avos (en este caso, beneficio de Cuota Mortuoria será equivalente a tantos 45 avos como años cotizados al momento del fallecimiento)

4. Los médicos durante los primeros 3 años, becados y con 480 cotizaciones canceladas sólo pagan ½ cotización.

5. Los médicos hasta los 9 años de profesión cancelan cuota rebajada.

6. Los médicos desde los 10 años hasta completar 480 cotizaciones cancelan cuotas enteras.

7. Los médicos con 540 cotizaciones se liberan del pago de cotizaciones y tienen derecho a optar a Rescate de Cuota Mortuoria.

Nota: Todos los médicos afiliados al fondo a partir de enero de 2016, cancelarán $1.000, por concepto del Fondo de Ayuda Escolar, (el aumento total para el 2016 será sólo de 1.9%, incluido el Fondo de ayuda Escolar).

COMISIÓN FONDO DE SOLIDARIDAD GREMIAL

Presidente:

Dr. Juan Eurolo Montecino

Vicepresidenta:

Dra. Inés Guerrero Montofre.

Directores:

Dr. Jaime Sepúlveda, tesorero general del Colegio Médico

Sr. José Miguel Bettancourt Siggelkow, Gerente General

Sr. Adelio Misseroni Raddatz, Abogado Jefe

Sr. Hugo Bertolotto Norero, Abogado

 

  • Cuota mortuoria

    Monto: 550 UF (una vez)
    Puede impetrarse desde el mes siguiente que se afilia el medico que se haya inscrito el primer año de recibido, en los demás casos será una vez cumplidos 12 meses de cotizaciones y progresivo a los años cotizados.

    Requisitos:
    1. Ser beneficiario (s) indicado(s) por médico fallecido.
    2. Tener cuotas al día en FSG.

    Plazo máximo de cobro:
    1 año desde la fecha de emisión del certificado defunción.

    Documentación:
    1. Certificado de defunción.
    2. C.I de los beneficiarios.
    3. Otros, de acuerdo a la voluntad expresa del afiliado.

  • Rescate Cuota Mortuoria

    Requisitos:
    1. Médicos en condición de precariedad, problemas de salud y/o económicos.
    2. Estar liberado de pago de cuotas sociales.
    3. Aprobación del directorio del FSG.

    Montos:
    400 UF en pago único e inmediato.
    450 UF pago en 24 cuotas de 18,75 UF cada una.
    500 UF pago en 36 cuotas de 13,88 UF cada una.
    550 UF pago en 60 cuotas de 9.16 UF cada una.

  • Auxilio solidario

    Monto: Máximo 400 UF

    Requisitos:
    1. A lo menos 12 cotizaciones en FSG y cuotas al día.
    2. Garantía al momento de retirar el préstamo (cheques de su cta. cte., PAC o PAT).
    3. Plazo máximo para pagar auxilio solidario 36 meses.

  • Ayuda económica por incapacidad transitoria (por enfermedad)

    Beneficiarios:
    Médicos en ejercicio de su profesión que se encuentren inhabilitados de ejercerla por más de 15 días corridos hasta por 60 días en el año, en caso de licencia maternal es por evento anual.

    Monto de la ayuda: $440.000 por cada 30 días

    Requisitos:
    1. Licencia médica y/o certificado de nacimiento.

    Plazo máximo de solicitud del beneficio: Tope 60 días desde la fecha de termino de la enfermedad.

  • Ayuda dental

    Monto: Hasta $100.000 /año.

    Requisitos:
    1. Receta y boleta a nombre del beneficiario.

    Plazo de solicitud: Tope 90 días desde la fecha de atención.

  • Asignación por Natalidad

    Monto: $240.000 por cada hijo nacido para cada padre y/o madre, médicos.

    Requisitos:
    1. Certificado de nacimiento.

    Plazo de solicitud: Hasta 90 días de ocurrido el nacimiento.

  • Ayuda por Lentes Ópticos y/o de Contacto

    Monto: hasta $100.000

    Requisitos:
    1. Receta oftalmólogo y boleta a nombre del beneficiario u orden de reembolso Isapre.

    Plazo de solicitud: Hasta 90 días desde la compra de los lentes.

  • Ayuda por Viudez

    Montos: $90.000 – $120.000 mensuales

    Requisitos:
    1. Ser cónyuge sobreviviente.
    2. No haber contraído nuevas nupcias.
    3. No contar con bienes y/o ingresos suficientes.
    4. Autorización del directorio del FSG.
    5. Se solicitará al respectivo Regional actualización de información 1 vez al año.

  • Ayudas escolares

    Montos:
    – Educación básica y media monto tope $3.000.000 anuales
    – Educación universitaria, con tope Arancel U. de Chile de la carrera o similar a criterio del directorio FSG.

    Requisitos:
    1. Fallecimiento o invalidez absoluta del afiliado.
    2. Tope de cobertura, 28 años de edad hijo beneficiario.
    3. Certificado de alumno regular, monto de colegiatura, certificado de nacimiento beneficiario.

  • Silla de ruedas

    Monto: tope $200.000 que no sean cubiertos por su seguro.

    Requisitos:
    1. Factura o boleta a nombre del beneficiario.

  • Bonificación cursos y congresos

    1. APS, MGZ, Residentes pago de inscripción de 1 congreso anual.
    Monto máximo: $50.000
    Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario.

    2. Cursos impartidos por universidades chilenas acreditadas.
    Monto máximo: 20% del valor del curso, tope máximo $600.000.
    Requisitos: Factura o boleta a nombre del beneficiario.

  • Bonificación medicamentos para médicos jubilados

    Monto: Tope $100.000 anuales

    Requisitos:
    1. Receta y boleta a nombre del afiliado

  • SOAP

    Gratis un SOAP exclusivamente para automóvil, jeep o Station Wagon. Seguros adicionales a precio preferencial.

    Requisitos:
    1. Cuotas al día en Colegio Medico y FSG.

>> Reglamento FSG

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