La afiliación al Colegio Médico de Chile (A.G.) trae aparejada deberes y derechos para los asociados.:

Deberes:

Los deberes de los asociados se pueden resumir en el acatamiento de los reglamentos internos del Colegio Médico de Chile (A.G.), con especial énfasis en lo referido a los Estatutos Sociales y el Código de Ética, así como de los Acuerdos que adopten los Órganos Directivos, tales como los Consejos Regionales, el Consejo General y la Mesa Directiva Nacional.

Derechos

  1. El derecho de participar en la definición de los lineamientos fundamentales de la Institución.
  2. El derecho de requerir y obtener la protección gremial del Colegio Médico de Chile (A.G.) en situaciones propias de la actividad profesional.
  3. El derecho de participar de todos aquellos beneficios que el Colegio Médico de Chile (A.G.) contempla para sus asociados y sus familias, tales como los previstos por el departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar, previo cumplimiento de los requisitos específicos fijados para ello.

Para pertenecer al Colegio Médico de Chile A.G. es necesario poseer el título profesional de médico-cirujano, otorgado por las universidades reconocidas por el Estado, conforme a la legislación vigente y ser aceptado por el Colegio.

Podrán también solicitar su inscripción las personas naturales que habiendo recibido el título de médico-cirujano en un país extranjero estén habilitados para ejercer la profesión en Chile conforme a los Tratados, Convenciones o Protocolos suscritos por el Gobierno de Chile.

El ingreso al Colegio deberá ser solicitado por escrito a un Consejo Regional mediante una presentación firmada por el interesado. El original de la solicitud y el certificado de título profesional serán remitidos a la Mesa Directiva Nacional, informados por el Consejo Regional respectivo, dentro de los diez días siguientes a su recepción.

El Colegio podrá rechazar la solicitud de ingreso del médico en los casos en que el postulante no haya dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los estatutos y en la reglamentación interna o cuando, a su juicio exclusivo, éste no reúna las condiciones de idoneidad ética o profesional para pertenecer a la Entidad.

La solicitud de afiliación y la inscripción deberán contener las formalidades y requisitos que establezca la Mesa Directiva Nacional. En todo caso, el solicitante dejará constancia que se obliga a cumplir en todas sus partes los presentes Estatutos y el Código de Ética, y a acatar los acuerdos que se tomen por la Asamblea General, el Consejo General, los Consejos Regionales y la Mesa Directiva Nacional.

Médicos jóvenes

Existe un régimen especial para los médicos jóvenes, el que considera el pago de la mitad de la parte ordinaria de la cuota social, y en algunos Consejos Regionales la mitad de la cuota extra regional.

Del mismo modo, se contempla un régimen especial para los médicos becarios y aquellos que trabajan en la Atención Primaria Municipalizada. Este consiste en el pago del 50% de todas las cuotas del Colegio Médico. Adicionalmente, podrán optar a no cotizar la cuota del Departamento de Solidaridad Gremial, es decir, su afiliación es voluntaria mientras dure la beca.

Para optar a esta condición especial es necesario contar con los siguientes antecedentes:

  • Acreditar condición de becario de alguna universidad nacional, mediante un certificado emitido por la institución.
  • Acreditar condición de médico de atención primaria municipalizada emitido por el Director del consultorio o por el departamento de salud municipal.

Los certificados presentados tienen validez por un período de un año, y pueden ser renovados tres veces.

Para colegiarse los médicos deben presentar la siguiente documentación:

Médicos titulados en Chile

  • Fotocopia legalizada del certificado de titulo.
  • Fotocopia simple de cedula de identidad por ambos lados.
  • 2 fotografías tamaño carné con nombre y RUT.
  • Certificado de Beca o Atención Primaria (según corresponda)

Médicos titulados en el extranjero

  • Fotocopia legalizada del título.
  • Certificado de reconocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (para profesionales provenientes de Ecuador, Brasil, Colombia, Perú, Bolivia, Uruguay).
  • Certificado de reconocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (para los médicos chilenos titulados en España).
  • Certificado de revalidación de la Universidad de Chile o EUNACOM (profesionales de otros países).
  • Certificado del Ministerio de Educación de Chile (profesionales titulados en Argentina).
  • Certificado de permanencia definitiva en el país.
  • Declaración jurada (ante notario).
  • Fotocopia legalizada de la Cédula de Identidad.
  • 2 fotografías tamaño carné en color.
  • Certificado de Beca o Atención Primaria (según corresponda).

Presidente

Dr. Luis Ignacio de la Torre Chamy

Vice-Presidente

Dr. Kurt Cárcamo Clunes

Secretario

Dra. Dora Silva Martínez

Tesorero

Dr. Saúl Zúñiga Borcoski

Consejeros regionales:

Dr. Maximiliano Soto Díaz

Dra. María Loreto Vent Castillo

Dr. Guilletmo Witto Arentsen

Consejeros generales:

Dr. Hugo Reyes Farías

Dr. Paulo Gnecco Tapia

>> Estatutos Colegio Médico de Chile
>> Reglamento de Afiliación y Cuotas Sociales
>> Reglamento de Sala de Consejos Regionales

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